7 de octubre de 2023

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CHILE: PROHIBIDOS MÉTODOS DE ANTICONCEPCIÓN

Por: Patricia Cocq (ARTEMISA)

18 de abril de 2008

Las mujeres chilenas no podrán acceder más a tradicionales métodos anticonceptivos como el dispositivo intrauterino (conocido como la ’T de cobre’) o las píldoras anticonceptivas, además de la Píldora de Anticoncepción de Emergencia (PAE). ¿La razón? Un recurso presentado por parlamentarios y parlamentarias de sectores conservadores, tendiente a declarar inconstitucionales las Normas Nacionales de Regulación de la Fertilidad, y que fue acogido por mayoría en un fallo del Tribunal Constitucional chileno.

Desde hace un año se encontraba en debate el recurso presentado por 36 legisladores/as de derecha, que se denominan Pro Vida y señalan que las normas sobre salud sexual y reproductiva, vigentes desde septiembre de 2006, serían inconstitucionales, pues avalarían métodos abortivos como la PAE, el dispositivo intrauterino y las pastillas que contengan levonorgestrel.

Esta arremetida conservadora se impulsó desde que, en ese mismo año, fuera autorizada la distribución de la Píldora Anticonceptiva de Emergencia en los consultorios públicos de salud chilenos, a todas las mujeres que la solicitaran desde los 14 años en adelante y sin autorización de sus padres.

Frente a la nueva resolución, que se oficializará el 22 de abril y afectará a tres millones 358.196 chilenas, existen variadas reacciones, sobre todo desde el movimiento de mujeres, que ya estaba realizando movilizaciones para hacer sentir su descontento con el fallo.

El Movimiento en defensa de la Anticoncepción*, constituido en marzo, representa la voz del descontento de las chilenas en rechazo al control que, a través de este fallo, se quiere ejercer sobre sus cuerpos y su derecho a determinar sobre su salud sexual y reproductiva.

Adriana Gómez, vocera del movimiento, comentó a SEMlac que ’Chile ha retrocedido medio siglo respecto a las políticas de salud reproductiva. Las mujeres no podrán acceder a un derecho humano básico: decidir sobre su cuerpo, pues un grupo de parlamentarios y un grupo de jueces así lo decidieron’.

Sobre las consecuencias de esta prohibición Gómez se preguntó: ’¿Qué sucederá ahora en un país donde ya existía un alto porcentaje de embarazos no deseados o inoportunos? ¿Cómo controlarán su sexualidad y la reproducción las mujeres que van a los consultorios y que un porcentaje mayoritario preferían la T de cobre, por su alta eficacia, durabilidad y escasos efectos colaterales? ¿Se esconderán estas mujeres de los controles regulares, por temor a que se les retire la T?’

Según estudios dados a conocer por la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile, al no existir estos métodos anticonceptivos la tasa de abortos podría alcanzar la cifra de 275.000 al año, superando a la cantidad de nacimientos.

Frente al fallo, el movimiento de mujeres prepara grandes movilizaciones en busca de revertirlo y llamar la atención de la opinión pública ante este nuevo atropello a los derechos humanos femeninos y a la soberanía que reclaman sobre sus propios cuerpos.

En un reciente comunicado el grupo opinó que ’las Normas Nacionales de Regulación de la Fertilidad del Ministerio de Salud -que hoy enfrentan un recurso de inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional presentado por un grupo de parlamentarios que se autocalifican ’por la vida’-, constituyen un gran avance para responder a las desigualdades e inequidades en el goce del derecho a la salud que por tantos años han afectado a las capas más pobres de la población, en especial a las adolescentes, frecuentemente discriminadas de la atención de salud sexual y reproductiva’.

’En consecuencia -siguen diciendo-, es inadmisible que los sectores conservadores ya mencionados pretendan erigirse en dueños de la verdad y de una moral única para todas las chilenas y chilenos, y decidir cuándo una persona puede usar un anticonceptivo, cuál de ellos, o cuándo tener hijos. Nadie les ha otorgado esa autoridad, que solo corresponde a cada persona en su calidad de sujeta de derechos. Por lo tanto, el acceso universal a la anticoncepción en Chile, incluyendo las píldoras hormonales, la anticoncepción de emergencia, los dispositivos intrauterinos, los condones, entre otros, debe ser defendido activamente como un derecho humano expresado en libertad, autonomía y dignidad’.