7 de octubre de 2023

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PERU: MODERNA INQUISICIÓN

ANTERO FLORES-ARÁOZ E.

12 de septiembre de 2012

El Gobierno ha presentado al Congreso un proyecto de ley para tipificar como delito el negacionismo del terrorismo, bajo la motivación –o tal vez pretexto– de combatir dicho flagelo. Además pretende que se sancione con pena privativa de libertad efectiva, a quienes nieguen o minimicen los delitos cometidos por los terroristas.

Como todo lo que tenga un ropaje –así sea solo disfraz– de enfrentar al terrorismo, suena bien a los oídos de los ciudadanos, por lo que el proyecto ha sido alabado por algunos, sin percibir que busca imponer el “pensamiento único”, hoy en relación con el terrorismo y mañana solo Dios lo sabe.

El proyecto atenta contra nuestra Constitución, la que consagra el derecho a la libertad de conciencia, de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento, disponiendo que no hay persecución por razón de ideas y que no hay delito de opinión.

Además de transgredir la Constitución, con el proyecto del Gobierno, se atenta contra los convenios y tratados sobre Derechos Humanos que el Perú es signatario. Ellos consagran las libertades de conciencia, pensamiento, opinión y expresión, incluyendo el derecho “…de no ser molestado a causa de sus opiniones”.

Algunos nos dirán que es público y notorio que ha existido y aún existe terrorismo, que lo hemos vivido y sufrido, por lo que sería tonto negarlo. Efectivamente sería tonto y también necio negarlo, como mentecato quien lo niega, pero no por ello delincuente, y menos aún pasible de pena de carcelería de hasta ocho años. ¡Qué espanto!

La pretensión gubernamental para incluir en el Código Penal al negacionismo, colisiona contra diversos otros derechos, como por ejemplo el derecho constitucional a criticar los fallos judiciales. Si no convengo y critico una sentencia que ha condenado a alguien por terrorista, posiblemente tenga que acompañarlo en la cárcel, pues el solo hecho de negar la versión oficial transforma al crítico en transgresor de la ley.

Los propios magistrados judiciales que hubieren votado singularmente por la absolución y no por la condena, no podrían defender su voto, ya que el “negacionismo” los convertiría de jueces a denunciados y procesados.

El inocente inculpado por terrorismo, en la práctica para no incurrir en el “negacionismo” tendría que autoinculparse, lo que también contradice la Constitución y los tratados sobre Derechos Humanos y además podría impedir hasta el derecho de solicitar la revisión de sentencia condenatoria cuando hay nueva prueba que acredita inocencia.

Nuestra Ley Universitaria establece el principio del “pluralismo y la libertad de pensamiento, de crítica, de expresión y de cátedra con lealtad a los principios constitucionales…”, todo lo cual se convertiría en letra muerta si es que no se puede enfrentar el “pensamiento único” que es el oficial y que no admite nada que lo contradiga, bajo sanción punitiva.

El proyecto incorpora innecesariamente la apología, lo que solo crea confusión por ser ajena al negacionismo.

¡Cuidado! No retrocedamos en el tiempo hasta la Inquisición y dejemos a Torquemada que siga quemándose en la hoguera de la intolerancia de la que fue amo y señor. Cuidado también con los imitadores.