7 de octubre de 2023

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PERU: FASCISTAS CONTRA UNIVERSIDAD DE SAN MARCOS

Mauricio Quiroz T.*

25 de junio de 2010

APOLOGIA SUBVERSIVA, AUTONOMIA UNIVERSITARIA Y LA COLONIALIDAD ECONOMICA EN EL PERU.

En el caso de una reciente movilización política en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos-UNMSM de Lima ha quedado evidenciado que la clase dominante peruana no tiene reparo alguno en exhibir su ignorancia y su abierta conducción para la quiebra de la propia juridicidad demoliberal(1).

Y ha tenido que ser el aprista Ministro de Justicia Víctor García Toma quien al manifestar que dicha movilización donde se demanda la Amnistía Política y la libertad del Dr. Abimael Guzmán, Jefe del Partido Comunista del Perú-PCP- detenido en 1992 y sentenciado a cadena perpetua en una prisión militar- no es delito ni apología del terrorismo ha dejado malparados al Presidente de la República Dr. Alan García como a su Presidente del Consejo de Ministros, el parlamentario Javier Velásquez Quesquén, y a todo el hato de ganapanes que fungen de analistas, políticos y editorialistas de periódicos.

Todos ellos entonces, son unos ignorantes y reaccionarios a carta completa que la intelectualidad democrática tiene el deber de combatir porque arremeten contra libertades democráticas básicas del pueblo y el estudiantado.

Y es que jurídicamente las acusaciones de delitos propaladas a raíz de una marcha en la UNMSM el pasado 14 de Junio, no tienen sustento alguno y colocan al país como un reducto medieval en materia jurídica pues ya hace algunos años el propio Tribunal Constitucional peruano declaró inconstitucional el delito de apología al terrorismo (2) que el fujimontesinismo había impuesto en el Perú para combatir a los subversivos peruanos a través del art. 7º del Decreto Ley N° 25475 y el art. 1º del Decreto Ley N° 25880.

Igualmente no hace mucho, en Febrero del 2010 la denuncia del Ministerio de Justicia y el Ministerio Público como delito de apología al terrorismo del libro “De Puño y Letra” del Dr. Abimael Guzmán fue rechazado por el Poder Judicial porque “La apología del terrorismo se concreta cuando hay acción delictuosa vía alabanza, exaltación o loa y eso no ocurrió al lanzarse la publicación…” (3).

Pero estos redivivos macartistas peruanos no son inocentes ignorantes sino que fieles a sus financiadores- el imperialismo y la gran burguesía compradora y burocrática- son colina combatiente del establishment peruano que han lanzado una cortina de humo contra la marcha realizada por un movimiento legal- como es el frentista MADF(4)- en la UNMSM para proteger los negros intereses de la reacción peruana y el imperialismo en una coyuntura donde se profundiza la colonización de la economía peruana entregando sus tierras y recursos naturales(5) y el saqueo financiero (6), en momentos que la protesta popular avanza con fuerza pese a una coyuntura electorera y en pleno aniversario del genocidio del 18-19 de Junio de 1986 contra los presos políticos y prisioneros de guerra durante el primer gobierno del Dr. Alan García.

Y por otro lado, que pretendidos juristas como el Presidente del Poder Judicial J. Villa Stein y los truhanes elevados a Candidatos Municipales y Parlamentarios pretendan enjuiciar a quienes plantean dichas demandas denota que la criolla clase política peruana no tiene atisbo siquiera de democrática sino de unos reaccionarios completos pues el verdadero demócrata no es el que denosta o persigue al adversario que no piensa como él o la mayoría- el “electarado” del que habla el gaseoso Aldo Mariátegui- sino el que tolera al discrepante, a la minoría.

Las demandas planteadas por el frentista MADF no tienen nada de revolucionarias pues si equiparamos varios casos de nuestra historia donde se demandan libertades o amnistías habría que llenar las cárceles grandemente con connotados miembros de otros movimientos políticos. Allí están los fujimontesinistas, incluyendo a la amoral Keiko Fujimori- candidata del neofujimorismo-, que abiertamente piden la libertad de un sentenciado judicial por genocida, corrupto y ladrón como es el dictador ex presidente peruano Alberto Fujimori; o los militantes apristas que cada 7 de Julio celebran la Revolución de Trujillo de 1932, hecho histórico donde- según acusa un miembro de la familia de los dueños del diario El Comercio(7)- a los soldados del Cuartel O’Donovan, tomado por apristas dirigidos por el rebelde obrero Manuel Barreto “…Se les masacró, se les extrajo los ojos, se les laceró las vísceras, se les acribilló a tiros y se les cosió a puñaladas…”.

En lo que concierne a demandar la Amnistía Política esta tampoco es un delito máxime si nuestra historia es prolífica al respecto como nos lo hace recordar el propio MADF (8) con las Leyes Nº 10220 y 12654 donde se amnistió a todos los perseguidos y presos políticos especialmente apristas a quienes se acusaban de “terroristas”. Leyes que fueron prohijadas por el gobierno del Frente Democrático Nacional en 1945 donde participaron apristas, comunistas y demócratas de distintas vertientes incluyendo al padre del Arquitecto Fernando Belaúnde Terry; y por el Gobierno de Manuel Prado en 1956.

En ese sentido, protestar contra la marcha de dicho movimiento en la UNMSM y hasta demandar intervención de dicha Universidad son acciones totalmente reaccionarias.

Mas aún, que ésta provenga del Presidente García que traicionando la memoria de los propios fundadores del APRA pretenda reducir la autonomía universitaria a lo meramente académico cuando ni en América Latina ni en el Perú la lucha por la autonomía se centró en lo académico.

Los enfrentamientos del movimiento estudiantil a los gobiernos de turno fueron mas por demandas políticas que para protegerse académicamente como lo prueba el hecho mismo del movimiento obrero estudiantil del 23 de Mayo de 1923 contra la consagración del Perú al Corazón de Jesús que era para disimular la reforma constitucional reeleccionista del Presidente Leguía y que estuvo dirigido por el fundador del aprismo, el Dr. Víctor Raúl Haya de la Torre: “…A las 4 de la tarde del 23 de Mayo se convocó a una asamblea en el local de la Universidad de San Marcos. Eran sus patrocinadores los dirigentes de la Federación de Estudiantes, la Federación Obrera Local, la Asociación Cristiana de Jóvenes y otras instituciones menores…”(9).

O sea, el Presidente García hubiera arremetido contra quienes enarbolaban la lucha contra el Corazón de Jesús en 1923 si seguimos su concepto de autonomía universitaria?

Lo cierto es que la lucha por libertades democráticas sigue siendo una tarea a proseguir por las clases populares y esta vez debe encarnar no en las clases dominantes y sus apologistas sino en el estudiantado y el pueblo siempre y cuando se engarce estos a la lucha por el poder político para ellos, fin supra de un verdadero partido o movimiento político.

*: Coordinador del Movimiento Magisterial GERMAN CARO RIOS

Notas.

1.Puede verse nuestro artículo “ESTADO, CORRUPCION Y OPTIMISMO REACCIONARIO EN EL PERU DEL SIGLO XXI” donde presentamos otros casos donde el Estado peruano violenta su juridicidad: http://colombia.indymedia.org/news/2009/12/110420.php

2.Los politicastros y militaristas peruanos quedaron mal parados con este fallo del Tribunal Constitucional recaído en el Expediente Nº 010-2002-AI-TC, extractos del cual presentamos:
“[…]88. En ese sentido, el Tribunal Constitucional considera que el artículo 7 del Decreto Ley N°. 25475 y, por extensión, el artículo 1 del Decreto Ley N°. 25880, son inconstitucionales en cuanto tipifican el delito de apología del terrorismo, en su versión genérica y agravada. En efecto, dichos tipos penales no describen con precisión el objeto sobre el que ha de recaer la apología y lo que debe entenderse por ella. Ello constituye, por un lado, una infracción al principio de legalidad penal y simultáneamente una violación de la libertad de información y expresión, pues conjuntamente considerados permiten una limitación desproporcionada e irrazonable de dichas libertades.

En ese sentido, el Tribunal Constitucional considera que, en este supuesto, no es preciso delimitar interpretativamente el supuesto prohibido en ambas disposiciones legales, toda vez que ella es expresión de una innecesaria sobrecriminalización, al encontrarse contemplado dicho ilícito en el artículo 316 del Código Penal, que obviamente queda subsistente.

Finalmente, no es ajeno al Tribunal Constitucional que, detrás de tipos penales de esta naturaleza, en ocasiones se ha pretendido silenciar la expresión de grupos minoritarios u opositores al régimen de turno. Por ello, el Tribunal considera que, en el resguardo de esta libertades, los jueces del Poder Judicial deben ser especialmente sensibles en su protección, y por lo tanto, deberán aplicar estos tipos penales de conformidad con el artículo 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 13. 5 de la Convención Americana de Derechos Humanos, esto es, en el sentido de que lo prohibido es la apología que constituya incitación a la violencia o a cualquier otra acción ilegal.
[…]”

En: http://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:Adb6K86Qxb4J:190.41.250.173/rij/bases/juris-nac/e-010-02.htm+apologia+del+terrorismo&cd=93&hl=es&ct=clnk&gl=pe

3. Diario El Comercio: http://elcomercio.pe/noticia/409936/juez-rechazo-acusacion-apologia-al-terrorismo-contra-abimael-guzman-su-libro-puno-letra.

Esta parte del fallo judicial hay que revisarlo con pinzas también porque no toda alabanza a la lucha armada realizada resulta ser apología conforme ha establecido el año 2007 un Tribunal Superior de Justicia en Francia en el caso de la denuncia de apología contra el conocido camarada Carlos o Vladimir Ilich Ramirez. Ver: http://www.terra.com.pr/noticias/articulo/html/act783511.htm

Fallo que corrige lo dispuesto por el propio Tribunal Constitucional peruano y otros en el mundo y que pulveriza las voces de algunas bestias jurídicas que piden restituir el delito de apología del terrorismo.

4. Movimiento por Amnistía y Derechos Fundamentales. Este movimiento si bien es patrocinado por el PCP que dirige el Dr. Abimael Guzmán no es lo mismo que éste, conforme es de verse en el manifiesto que adjuntamos líneas abajo ya que su centro no es la toma del poder político sino la democratización de la sociedad peruana, propuesta que en todo caso está alejada de la lucha armada que con fuerza impulsó el PCP desde el 17 de mayo de 1980.

5. En el Perú con los Tratado de Libre Comercio y las Concesiones y otros acuerdos con los capistotes de la burguesía compradora y el imperialismo se les viene entregando recursos como el gas- destaca una Pyme denominada Perú LNG S.R.L. con el ex funcionario estatal David Lemor- o partes de territorio peruano como lo es Olmos, Inambari, etc.

Resulta ilustrativo señalar que fue el Dr. Alan García quien dijo al respecto: ”Muchos tienen miedo de usar la palabra imperialismo, sin embargo, la gravitación de la economía mundial sobre nuestros países es mayor que antes” (“El Nuevo Totalitarismo”).

6. Las ganancias del imperialismo en el país y que son llevadas al extranjero son del orden de los 22 a 23 mil millones de soles anuales entre 1998 al 2010 conforme anota el socialrevisionista de Pedro Francke en un reciente artículo donde cuestiona inclusive la abismal distribución de ingresos en el Perú : http://www.larepublica.pe/archive/ all/domingo/ 20100613/ 15/node/271918/ todos/1558

7.Carlos Miro Quesada Laos: “Radiografía de la Política Peruana”. Pág. 123.

8.Ver: http://movamnsitiayderfundamentales.blogspot.com/2010/05/la-lucha-de-clases-internacional.html

9.Percy Murillo Garaycochea: “Historia del APRA. 1919-1945”. Pág. 44.