7 de octubre de 2023

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Alan García Pérez, enemigo principal de los profesores.

PERU: EXPLOTACION DE LOS MAESTROS Y JORNADA LABORAL SIN LIMITES

Por: Mauricio Quiroz Torres*.

14 de septiembre de 2008

115 MIL PROFESORES SECUNDARIOS TRABAJARAN GRATIS 12 HORAS CRONOLOGICAS MAS Y 140,000 MAESTROS PRIMARIOS TRABAJARAN GRATIS 7.5 HORAS MAS POR CULPA DE LEY 29062 DE SEUDO CARRERA PUBLICA MAGISTERIAL. SALARIO SE REDUCE TOTALMENTE EN UN 40% Y 25%

El país asiste hoy a una reducción del salario magisterial no solo por efectos de la inflación sino porque a los contratados se les paga salarios completamente reducidos y porque en el corto y mediano plazo se generalizará a los maestros que se incorporen a los alcances de dicha ley siendo profesores estables.

Adicional a ello hay que señalar que cuando un maestro de la Ley 24029 se incorpora a la Ley Nº 29062 perderá también su estabilidad laboral si no aprueba en las seudo evaluaciones (pruebas escritas) que contiene dicha Ley como requisito para acceder a un cambio de nivel magisterial.

En la presente nota veremos el efecto remunerativo de dicha Ley.

Contratos

Y es que con la aplicación de la Ley de seudo carrera pública magisterial Nº 29062 se agrava la situación de quienes hoy están en aulas reemplazando a profesores sujetos a la Ley 24029-Ley del Profesorado o quienes han ingresado a laborar en las horas adicionales dispuestas para cubrir las areas de Comunicación y Matemática en Educación Secundaria. Los segundos son los mas perjudicados pues reciben menos del 50% del salario de un profesor que labora 24 horas pedagógicas.

La Resolución Jefatural Nº 0050-2008-ED que aprueba la Directiva Nº 004-2008-Normas y Procedimientos para los contratos docentes 2008 obliga a los profesores contratados a trabajar 30 horas cronológicas (numeral 11 del Capitulo VII de la Directiva). A ellos se los roba un promedio de 500 soles mensuales pues ganaran lo mismo que un profesor sujeto a la jornada laboral de 24 horas pedagógicas y que se hallan regulados por la Ley 24029.

Haciendo cifras en dichos contratos el Estado se está ahorrando cerca de 300 millones de soles, que es una cifra superior al dinero que se ha entregado a los Directores de las Instituciones Educativas para labores de mantenimiento.

Pero no solo hay opresión económica contra el maestro contratado sino una vulneración de principios constitucionales. En efecto, una simple Resolución Jefatural suscrita por una funcionaria de menor rango como Magnet Marquez no puede inaplicar la Ley 24029 que establece la vigencia de la jornada laboral sujeta a horas pedagógicas y no de horas cronológicas. El principio de jerarquía normativa se ha violentado con la aludida R.J. Nº 050.

Estables o Nombrados

Si dicha Ley se aplica a los actuales docentes en actividad y que por el momento están sujetos a la Ley 24029, el ahorro del Estado será mayor y pulverizará las categorizaciones de los sueldos que se darán a los docentes en los cinco niveles en que se organizarán con la ley 29062. Veamos

115,000 maestros de secundaria perderan el 40% de su salario nominal actual con la prolongación de la jornada laboral que dispone el art. 60º de la ley Nº 29062 aprofujimoristapepecista. Esta nefasta ley obliga a dar 12 horas adicionales gratis al Estado.

140,000 maestros primarios van a perder el 25% de su salario nominal actual pues van a entregar gratuitamente 7.5 Horas con dicha ley.

Al prolongarse la jornada laboral sin pago adicional alguno, los niveles remunerativos que pregonan como un beneficio de la Ley 29062 son un engaña muchachos pues en la práctica se estará ganando casi lo mismo que cuando teníamos una jornada laboral sujeta a horas pedagógicas que actualmente son de 45 minutos. En el caso del docente de secundaria, perderá su día libre, que de una manera ú otra le permitía agenciarse de un mayor ingreso familiar.

El ahorro del Estado será de más de 1,500 millones de soles anuales.

Serán los maestros secundarios los mas perjudicados; y de estos, los que mayor perjuicio sufrirán serán los maestros rurales que soportan mayores gastos por la movilidad y el alojamiento.

Todo ello es una agresión descomunal contra el magisterio y lo sumergirá en mayor empobrecimiento. No habrá dignidad magisterial.

De tal manera que cuando algunos maestros mal informados se apresuran en manifestar las bondades de dicha Ley 29062 estamos frente a una posición ultrareaccionaria desde el punto de vista remunerativo.

La madre del cordero

El acotado artículo 60 de la ley 29062 establece una jornada laboral de 30 horas cronológicas. Esa es la madre del cordero cuando el régimen aprista pretende embarcarnos en la Ley 29062.

Actualmente los maestros tenemos una jornada laboral de 24 horas pedagógicas en nuestra ley actual, la Ley Nº 24029-Ley del Profesorado, como lo tienen las legislaciones modernas de países civilizados que distinguen horas pedagógicas de las horas cronológicas.

Así el viejo Estado Peruano cumple su viejo sueño de reducir el gasto público para seguir manteniendo la vieja política de pagos de la deuda externa de organismos de la oligarquía imperialista mundial como el Banco Mundial, el BID, el FMI, etc.

El régimen aprista se muestra así como un sirviente de esta oligarquía en su plan de reducir el gasto público a costa de la sobreexplotación de los maestros.

Nos corresponde a los maestros luchar contra la aplicación de la Ley 29062 y bregar por el incremento salarial y la dignidad magisterial. Ningún maestro sensato debe incorporarse a dicha nefasta ley.

(*): Coordinador del Movimiento Magisterial “Germán Caro Ríos” y Docente del Colegio José Pardo y Barreda de Huayto.